domingo, 9 de febrero de 2014

GRUPO ACCION S.A.S




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ADMINISTRAMOS SU SEGURIDAD SOCIAL


ü Afiliaciones y desafiliaciones a EPS, AFP, ARL, Cajas de Compensación
ü Pago de planilla, recobro de incapacidades, reclamaciones ante EPS, AFP, ARL, reporte de accidentes laborales
ü Asesoría en procesos de calificación de invalidez  por accidentes o enfermedades  laborales o comunes

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lunes, 30 de abril de 2012


18 AÑOS DEL SISTEMA INTEGRAL DE RIESGOS PROFESIONALES EN

COLOMBIA



El espíritu de la  Constitución de 1991 propendió por la creación de un sistema de Seguridad Social  que fuera incluyente y que en un lapso de 10 años permitiera que la totalidad de los Colombianos estuviéramos cobijados por dicho sistema. Han pasado 18 años desde que se implementara el Sistema Integral de Riesgos Profesionales, como subsistema del Sistema General de la Seguridad Social, para lo cual se promulgo  la ley 100 de 1993 y especialmente desde la publicación del decreto Ley 1295 de 1994; pero hagamos un alto en el camino y analicemos si el Sistema Integral de Riesgos Profesionales ha funcionado para todos los actores y especialmente para la fuerza laboral.

Desde el punto de vista económico y como negocio rentable, no hay duda que el Sistema Integral de Riesgos Profesionales  ha dejado grandes dividendos para quienes fungen como  las Administradoras  de Riesgos Profesionales (ARP), para nadie es un secreto que las  ARP, son  un ramo mas de las Aseguradoras Colombianas, quienes a su vez  hacen parte del Sistema Financiero Colombiano. Cómo no va hacer un negocio muy rentable?, nada más observemos,  como estas compañías aseguradoras tratándose  de un accidente de trabajo o enfermedad profesional (ATEP), en caso de una reclamación,  le dan el mismo tratamiento que a una reclamación de cualquier otro ramo de seguros, es decir  siempre niegan los siniestros  por cualquier causa o exclusión. Nada más analizar el largo y difícil camino que le toca atravesar a un trabajador para que estas compañías aseguradoras les reconozcan las prestaciones asistenciales o económicas a que tienen  derecho los trabajadores Colombianos que hayan sufrido un Accidente de Trabajo o una Enfermedad Profesionales  (ATEP).

Ganaron también las Juntas de Calificación de Invalidez, sobre todo las Regionales de las grandes capitales y la Junta Nacional, porque su financiación también proviene del Sistema Financiero a través de las ARP, situación que les ha permitido crear más salas de decisión y por supuesto mas cargos y me refiero a las grandes capitales, porque  los honorarios de sus miembros tienen muchos ceros a la derecha.

Perdió el Ministerio del Trabajo, por que en 18 años ha sido incapaz de vigilar y controlar el sistema y por supuesto incapaz de imponer sanciones severas a quienes día a día infringen las normas  y vulneran el derecho de los trabajadores. Es tan notoria la incapacidad del Ministerio de Trabajo, que ha demostrado claramente que transcurridos  más de 18 años de entrada en vigencia el sistema  no ha podido desarrollar plenamente los mandatos de la Ley 100 de 1993, el Decreto Ley 1295 de 1994, la Ley 776 de 2002 y el Decreto 2463 de 2001.

Y el gran perdedor en 18 años es el trabajador Colombiano, pues cada vez se le reconocen menos sus derechos cuando es víctima de un ATEP,  ha sido tan abundante el desarrollo del Sistema Integral de Riesgos Profesionales para las Compañías Aseguradoras que han inventado cuanta clase de manuales de  procedimientos y trabas internas, que básicamente cansan por fatiga a un trabajador que reclama por un accidente o enfermedad, por no hablar de tortuoso y complicado recorrido que le espera a un trabajador que inicia un tratamiento y posterior calificación de  un ATEP, empezando por la EPS, pasando por la ARP y terminando con las Juntas de Calificación Regional y Nacional, en estos trámites tranquilamente un trabajador se puede demorar más de 4 años.

A pesar del gran desarrollo que la Corte Suprema y la Corte Constitucional le han dado al tema a través de la robusta jurisprudencia con que hoy contamos, que entre muchas cosas le ha ordenado a todos los administradores y calificadores que a un trabajador en caso de padecer varias enfermedades o haber sido víctima de varios accidentes  laborales o comunes,  están en la obligación legal de calificarlo integralmente; es decir en un solo acto calificar la totalidad de las patologías que padezca el trabajador sin importar el origen; esta obligación jurisprudencial es vulnerada a diario por los administradores del Sistema, obligando  al trabajador a iniciar tantos procesos como accidentes o enfermedades padezca. Y qué decir cuando se trata del reconocimiento y pago de una prestación económica,  ahí sí  que entre el diablo y escoja, todas las ARP sin excepción hacen lo que este a su alcance para pagar lo mínimo posible  o en su defecto no pagar, desconociendo sin ningún recato el verdadero estado  y pérdida de capacidad laboral del  trabajador.

Han pasado 18 años y nuestra realidad  es que el Sistema Integral de Riesgos Profesionales  a pesar que nació con muchas falencias, hoy por hoy no hemos podido solucionarlas, superarlas y  llevarlo a un evolución que verdaderamente proteja a la fuerza laboral del país. Esperemos pasar otros 18 años a ver si algún día podemos hablar con mejor optimismo.



FERNANDO MALAGON

Asesor Jurídico

Consultor Empresarial
310 3264603

martes, 25 de enero de 2011

ACOSO LABORAL

Destituida Juez de Cali por Acoso Laboral

En la decisión, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, con ponencia del Magistrado Pedro Alonso Sanabria Buitrago, confirmó en segunda instancia la decisión adoptada por el Consejo Seccional de la Judicatura del Valle, ante una queja interpuesta por Carlos Alberto Salcedo Velásquez, oficial mayor o sustanciador del mencionado juzgado.

Según la queja, la Juez 25 Civil Municipal de Cali emprendió contra Salcedo Velásquez una persecución laboral desde el mismo momento de su posesión, en octubre primero de 2009, luego de haber ocupado el primer lugar en la lista de elegibles para desempeñar ese cargo.

El presidente (e) de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Magistrado Henry Villarraga Oliveros, explicó en rueda de prensa que la Corporación encontró que la Juez Gloria Teresa García maltrató, persiguió y discriminó al quejoso y además desarrolló acciones tendientes al entorpecimiento e inequidad laboral para con el funcionario.

“En forma persistente y demostrada, menoscabó la integridad moral del señor Salcedo Velásquez, al prohibirle usar el baño destinado para los empleados del juzgado, al tildarlo de ‘viejo prostático’ y afirmar que caminaba como ‘pato cansado’, tratándolo en forma grosera y a gritos delante de sus compañeros”, sentenció la Sala Jurisdiccional Disciplinaria.

La Sala también encontró que el 19 de enero de 2010, luego de que conociera la queja interpuesta en su contra, la Juez García Varela calificó en forma insatisfactoria al señor Salcedo Velásquez (44 puntos de 100), lo que le sirvió de soporte para retirarlo del servicio, excluyéndolo de la carrera judicial.

“La sanción debe ser ejemplarizante, a fin de que los funcionarios judiciales no incurran en ella, pues el acoso laboral es una conducta abusiva, en tanto mediante comportamientos que atentan contra la personalidad, la integridad física y moral de un trabajador, se pone en peligro su empleo, creando ambientes intimidatorios, humillantes, hostiles, ofensivos; lo cual es una conducta que jamás se espera sea cometida por un Juez de la República”, precisó el Dr. Villarraga Oliveros al hacer referencia a la decisión adoptada por la Sala.



Origen de la noticia: BOGOTA-CUNDINAMARCA-Colombia, Fecha de la noticia: 19-Enero-2011 Fecha última actualización: 19-Enero-2011 Fuente: Sala Jurisdiccional Disciplinaria

domingo, 3 de octubre de 2010

r.p.c.ltda

AL FIN UN EMPLEADOR RESPONSABLE
En una empresa de economía mixta del orden nacional, una empleada, fue víctima de acoso laboral, en diferentes modalidades, desde sobrecarga laboral, maltrato psicológico, moral y hasta amenazas de todo orden.
Se trata de una profesional, a la cual su jefe también mujer, por celos profesionales, y obnubilada por la creencia de que esta la iba a desplazar en su cargo de jefe; inicio una persecución laboral sin cuartel en contra de su subalterna, a tal punto que logro confinarla en una bodega de la empresa, en el rincón más oscuro, y sin los elementos necesarios para desarrollar sus funciones de forma normal. Situación que duro por más de un año, sin que se tomaran medidas para detener este atropello.
Una vez asumimos el caso, denunciamos el maltrato al comité de convivencia laboral, esperando que este actuara de forma inmediata e interviniera en el caso y así poner fin a los maltratos de forma tajante; desafortunadamente la mayoría de estos comités, son de papel pues jamás se reúnen y por supuesto tampoco saben que hacer frente a un caso como el que planteamos. Como la situación llego a oídos de la gerencia general, esta tomo cartas en el asunto y después de una investigación rigurosa, concluyo que existió el acoso laboral y procedió a destituir a la jefe maltratadora de forma fulminante, y conmino a los mandos de todos los niveles, para que se abstuvieran de incurrir en esta conducta, sopena de terminarles el contrato y aplicar con todo rigor las sanciones de que trata la ley 1010 de 2006, inclusive hasta llegar a instancias penales de ser necesario.
Ejemplo digno de resaltar y por supuesto de multiplicar, a fin de que todos los empleadores, sigan el ejemplo con sus trabajadores y no permitan los maltratos en sus empresas.
Cordial Saludo

Fernando Malagon
Riesgos Profesionales de Colombia
r.p.c.ltda@gmail.com
fernandomalagonj@hotmail.com
310 3264603

lunes, 21 de junio de 2010

ACOSO LABORAL

El problema más crítico de las empresas es el acoso laboral, a pesar que nadie lo denuncia por temor a perder al cargo, es el pan diario de más del 80% de las empresas públicas y privadas del país del país, desafortunadamente la legislación nacional se quedo en el papel, pero de efectividad nada.

Falta hacer mas campañas con los trabajadores, para que conozcan sus derechos y asi se animen a denunciar.



FERNANDO MALAGON
Asesor Jurídico de Riesgos Profesionales de Colombia
fernandomalagonj@hotmail.com
Celular 310 3264603

LOS ACCIDENTES MINEROS


Definitivamente el problema de la alta accidentalidad en sector minero se volvió crónico en el país, no hay quien le ponga freno al problema que verdaderamente ha tomado proporciones incalculables, y cada día cobra la vida de muchas personas.

Desafortunadamente las medidas de Seguridad Industrial no se tomas a tiempo, ni mucho menos las medidas de Salud Ocupacional que se debieran implementar en el sector. Vale la pena preguntarnos donde están los entes de control (Ministerio de la Protección Social, Minercol, ARPs, etc.), que debieran estar cerrando toda esa cantidad de minas que hoy día funcionan de formas artesanales y muy inseguras.

También hay que iniciar la demandas correspondientes en contra de estos empleadores, para que respondan por la culpa patronal, he indemnicen a las pobres familias que por su culpa quedan desamparadas y sin los medios de sustento, que proporcionaba el trabajador fallecido a su familia.



FERNANDO MALAGON
Asesor Jurídico de Riesgos Profesionales de Colombia
fernandomalagonj@hotmail.com
Celular 310 3264603

martes, 12 de agosto de 2008

DENUNCIA POR ACOSO LABORAL

Me gustaría denunciar un caso aberrante de acoso laboral, en la cual el ministerio de la protección social regional Tunja Boyacá, no ha tomado ninguna determinación a pesar de conocer la denuncia desde hace mas de 5 meses. Desafortunadamente los compañeros de trabajo que decidieron declarar la verdad, hoy están siendo victimas de persecución laboral y paulatinamente la gerente esta despidiendo a estas personas como una retaliación por su valeroso testimonio. Se trata de le empresa SEGUROS LA EQUIDAD sucursal Tunja Boyacá, y el caso ha sido denunciado ante el comité de convivencia de la empresa, el ministerio de la protección social regional tunja Boyacá Colombia y el juez laboral, Me gustaría que me indicaran por favor a quien puedo dirigirme y en que dirección, para exponer el caso con profundidad, con el fin de denunciar internacionalmente a esta empresa, por estas practicas desafortunadas y lesivas para los trabajadores.

Cordial saludo

Fernando Malagon Jiménez

Fernandomalagon1964@hotmail.com

Tunja Boyacá Colombia Movil 310 3264603